Como documento singular dentro del ámbito de los informes, desarrollamos el Informe de Evaluación del Edificio siguiendo las especificaciones de la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas. La presentación de este tipo de informes se exige para cualquier edificio de antigüedad superior a 50 años que no haya pasado la Inspección Técnica de Edificios o cuya ITE o EEE haya de ser renovada, así como para la solicitud de ayudas públicas para obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética.